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Conoce los mecanismos de participación ciudadana en 10 minutos

 

Mecanismos de Participación Ciudadana

Nuestra legislación contempla dieciséis mecanismos de participación ciudadana y popular, los cuales, por cuestiones prácticas y para facilitar la comprensión de sus dinámicas, se dividen en dos categorías:

Mecanismos de democracia directa: Son aquellos que se apoyan en el uso extraordinario del voto como medio de expresión de la ciudadanía en asuntos de interés público:

  • Plebiscito
  • Referéndum
  • Ratificación Constitucional
  • Iniciativa ciudadana
  • Ratificación de mandato
  • Revocación de mandato
  • Consulta popular
  • Presupuesto participativo

Mecanismos de gobernanza: Enfocados en la rendición de cuentas y la coparticipación entre gobierno y ciudadanía:

  • Comparecencia pública
  • Proyecto social
  • Asamblea popular
  • Ayuntamiento abierto
  • Colaboración popular
  • Planeación participativa
  • Diálogo colaborativo
  • Contraloría social

Plebiscito:

Es un mecanismo mediante el cual se somete a consideración de la ciudadanía si se aprueban o rechazan actos o decisiones administrativas del Poder Ejecutivo estatal y de los ayuntamientos; no puede solicitarse el plebiscito en contra de nombramientos de personas funcionarias públicas, como tampoco en contra de la determinación de algún precio, tarifa o contribución. Artículos 34 - 41 de la LSPCPGEJ.


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Referéndum:

Es el mecanismo por el que se somete a consideración de la ciudadanía si aprueban o rechazan modificaciones a leyes estatales y normas legales municipales, ya sea para dejarlas sin efecto o para suspenderlas. No se pueden someter a referéndum las de carácter contributivo y leyes orgánicas de los poderes. Artículos 42 - 50 de la LSPCPGEJ.


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Ratificación Constitucional:

Es un mecanismo mediante el cual la ciudadanía puede opinar sobre una reforma a la Constitución Política del Estado de Jalisco. A diferencia del referéndum, este mecanismo es exclusivamente para aprobar modificaciones a la Constitución. Artículos 51 - 58 de la LSPCPGEJ.


Iniciativa ciudadana:

También conocida como iniciativa popular, es un mecanismo mediante el cual la ciudadanía puede proponer leyes o reglamentos, o modificar los que ya existen.

Quedan excluidos de este mecanismo:

  • Las leyes de ingresos y presupuestos de egresos.
  • Las leyes orgánicas de los poderes del Estado y organismos públicos autónomos.
  • Las leyes de creación de los organismos públicos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos del Poder Ejecutivo del Estado. Artículos 59- 67 de la LSPCPGEJ.

Puesto que la iniciativa ciudadana es un mecanismo que incide en la propuesta de leyes o reglamentos no se realizan jornadas consultivas.


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Ratificación de mandato:

Es un mecanismo mediante el cual, las y los ciudadanos pueden evaluar el desempeño de la gobernadora o el gobernador del estado, diputaciones, las presidencias municipales y regidurías. Artículos 68 - 81 de la LSPCPGEJ.


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Revocación de mandato:

Es un mecanismo mediante el cual las y los ciudadanos pueden concluir anticipadamente el ejercicio del cargo de una o un funcionario de elección popular, siempre y cuando se configuren las causales y se cumplan los procedimientos. Artículos 82 - 96 de la LSPCPGEJ.


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Consulta popular:

Es el mecanismo mediante el cual las personas habitantes del estado, municipio o demarcación territorial emiten su opinión sobre temas que les impactan. Artículos 97 - 104 de la LSPCPGEJ.

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Presupuesto participativo:

Es un mecanismo mediante el cual la ciudadanía define las obras y proyectos que se llevarán a cabo con un porcentaje de los recursos públicos. En Jalisco, el presupuesto de egresos destina al menos 15% del presupuesto destinado a la inversión pública a este mecanismo. Artículos 105 – 110 de la LSPCPGEJ.

Comparecencia pública:

Es un mecanismo mediante el cual las y los ciudadanos dialogan y debaten con los funcionarios del gobierno estatal o municipal para:

  • Solicitar y recibir información respecto a la actuación de su gobierno;
  • Solicitar la rendición de cuentas sobre determinados actos de gobierno;
  • Proponer a las personas titulares la adopción de medidas o la realización de determinados actos;
  • Informar de sucesos relevantes que sean de su competencia o de interés social;
  • Analizar el cumplimiento de los programas, planes y políticas públicas;
  • Evaluar el desempeño de la administración pública.

Artículos 111 - 119 de la LSPCPGEJ.

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Proyecto social:

Es un mecanismo que se presenta a nivel municipal en el que habitantes de un municipio colaboran con el Ayuntamiento, para resolver una necesidad o problemática existente en los barrios, fraccionamientos o colonias, localidades. Artículos 120 - 123 de la LSPCPGEJ.

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Asamblea popular:

Es un mecanismo en el que habitantes del estado o de un municipio construyen un espacio para la opinión sobre temas de interés general, asuntos de carácter local o de impacto en la comunidad. Artículos 124 - 127 de la LSPCPGEJ.

Ayuntamiento abierto:

Es un mecanismo en el que habitantes, a través de representantes de asociaciones vecinales debidamente registradas, tienen el derecho a presentar propuestas o peticiones dentro de las sesiones ordinarias del ayuntamiento. Artículos 128 - 132 de la LSPCPGEJ.

Colaboración popular:

Es un mecanismo en el que habitantes participan en la ejecución de una obra o prestan un servicio, aportando recursos económicos, materiales o trabajo personal, en coordinación con el gobierno estatal o municipal. Artículos 133 - 134 de la LSPCPGEJ.

Planeación participativa:

Mediante este mecanismo, las personas servidoras públicas, junto con la ciudadanía, toman decisiones para la creación de instrumentos de planeación de desarrollo estatal o municipal. Artículo 135 de la LSPCPGEJ.

Diálogo colaborativo:

Es un mecanismo mediante el cual la autoridad establece acuerdos y consensos con la ciudadanía por medio de la construcción de espacios de representación para la toma de decisiones públicas a través de la libre expresión de ideas y posiciones ciudadanas.

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Contraloría social:

Es un mecanismo mediante el cual la ciudadanía y el sector social privado conforman una instancia de vigilancia y observación a las actividades gubernamentales para:

  • Solicitar información sobre el desempeño de las funciones públicas;
  • Vigilar el ejercicio de los recursos públicos y que las acciones se realicen conforme a la ley;
  • Generar informes sobre el desempeño de los programas y la ejecución de los recursos públicos, y
  • Presentar quejas y denuncias sobre posibles responsabilidades políticas, administrativas, civiles o penales. Artículos 144 - 151 de la LSPCPGEJ.

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Cuadrante mecanismos

  

Porcentajes necesarios para activar un Mecanismo de Participación Ciudadana por municipio y a nivel estatal