Fecha: junio 30, 2025
Con el propósito de fortalecer la equidad en la contienda electoral y garantizar los derechos político-electorales de mujeres y de personas pertenecientes a grupos históricamente excluidos, el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco (IEPC Jalisco) aprobó hoy en su tercera sesión ordinaria los “Lineamientos para garantizar el principio de paridad de género, así como la implementación de disposiciones en favor de grupos en situación de vulnerabilidad y/o históricamente discriminados, en la postulación en la de candidaturas a diputaciones y munícipes en el Proceso Electoral Local Concurrente 2026-2027”.
Este ejercicio no solo es oportuno, sino también necesario, ya que el artículo 134, fracción LVII, del Código Electoral del Estado de Jalisco establece que el Instituto debe aprobar los lineamientos de paridad e inclusión dentro de los primeros seis meses del año siguiente a la elección. Por ello, al ser aprobados en el mes de junio de 2025, estos lineamientos cumplen cabalmente con la legislación vigente.
La aprobación de estas reglas con dos años de anticipación permitirá a los partidos políticos contar con el tiempo suficiente para identificar, formar sus cuadros políticos y diseñar sus estrategias electorales de cara al proceso 2026-2027, de manera paritaria e incluyente.
Este instrumento normativo garantiza el cumplimiento del principio constitucional de paridad de género en sus dimensiones vertical, horizontal y transversal, y hace posible la postulación efectiva de personas indígenas, con discapacidad, de la diversidad sexual, jóvenes y jaliscienses residentes en el extranjero, en las candidaturas a presidencias municipales, regidurías, sindicaturas y diputaciones locales, tanto de mayoría relativa como de representación proporcional.
Al hacer uso de la voz, la presidenta del IEPC Jalisco enfatizó que el acuerdo propone más de 10 acciones afirmativas que atienden con evidencia estadística las brechas de representación de mujeres y grupos históricamente discriminados, como personas indígenas, con discapacidad, LGBTTTIQ+, jóvenes y jaliscienses en el extranjero. Y donde las reglas aplicadas en otros procesos electorales han sido efectivas para garantizar la paridad sustantiva en la integración de los órganos de representación y gobierno, los lineamientos no proponen cambio alguno.
Enseguida, la consejera Miriam Guadalupe Gutiérrez Mora, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, destacó que la construcción de los lineamientos aprobados fue resultado de un diagnóstico cuantitativo que integró la información y datos que derivaron del proceso electoral local concurrente 2023-2024, así como de un proceso amplio, incluyente y técnicamente sustentado, que atendió los principios de progresividad, paridad sustantiva y acceso igualitario a los derechos político-electorales.
Es así que, a partir de estos insumos, refirió la consejera, se diseñaron medidas afirmativas para garantizar la paridad en sus dimensiones vertical, horizontal y transversal.
Por su parte, la consejera Zoad Jeanine García González, integrante de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, recordó que la paridad de género no fue una concesión del poder, sino el resultado de una lucha histórica impulsada por mujeres, activistas y feministas que denunciaron la exclusión estructural de las mujeres en la vida pública. Destacó que, aunque se han logrado avances significativos, persisten barreras institucionales y socioculturales que impiden una participación plena, no solo de las mujeres, sino también de otros grupos históricamente excluidos, por lo que estos nuevos lineamientos buscan corregir esas desigualdades.
En ese tenor, la consejera Melissa Amezcua Yépuz, integrante de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, subrayó que la igualdad política es el fundamento de la democracia, pero advirtió que su materialización ha sido históricamente excluyente para mujeres y diversos grupos sociales. Señaló que los nuevos lineamientos de paridad e inclusión representan un paso firme en el proceso democratizador impulsado por reformas constitucionales que han buscado visibilizar y corregir las desigualdades estructurales.
i. Reglas de Paridad para Diputaciones Locales
Los partidos deberán organizar sus postulaciones en dos bloques de diez distritos ordenados según el porcentaje de votación obtenida en la elección anterior de mayor a menor (uno de alta y otro de baja votación/competitividad):
ii. Reglas de Paridad para presidencias municipales y sindicaturas
En el pasado proceso electoral se lograron avances importantes en la participación de mujeres en presidencias municipales, sin embargo, aún no se ha alcanzado la paridad en las presidencias municipales de la entidad.
Para atender este rezago, el IEPC Jalisco aprobó la siguiente medida que aplicará para la postulación de mujeres al cargo de presidenta municipal en el proceso electoral 2026–2027:
En ocho municipios, las candidaturas a la presidencia municipal deberán ser exclusivamente femeninas. Estos son: Zapopan, Tonalá, San Juan de los Lagos, Ixtlahuacán de los Membrillos, La Barca, Autlán de Navarro, Chapala y Poncitlán.
La elección de los ocho municipios donde los partidos deberán postular exclusivamente a mujeres para la presidencia municipal se hizo con base en tres criterios, aplicados en orden de prelación:
1. Se identificaron los municipios en donde nunca ha sido electa una mujer como presidenta municipal (49 municipios)
2. Se revisó de esos 49 municipios, aquellos donde no hay posibilidad de reelección al cargo de presidente municipal (16 municipios).
3. Luego, se ordenaron del más al menos poblado y se eligieron la mitad: los ocho municipios con mayor población dentro de ese listado según el Censo 2020 del INEGI.
III. Reglas de paridad para munícipes
Para las candidaturas a munícipes, la regla de paridad, los bloques poblacionales y de competitividad aplicados en la elección pasada rindió frutos, por lo que se aplica de nuevo en los lineamientos para el proceso electoral 2026-2027.
Para definir los bloques poblacionales y de competitividad:
IV. Lineamientos de inclusión para diputaciones locales
En el proceso electoral 2023-2024 en Jalisco se registraron avances en la inclusión de personas pertenecientes a grupos históricamente excluidos, fueron electas y ocupan el cargo legislativo personas de dos de esos grupos: la población LGBTTTIQ+ y jóvenes. Sin embargo, no fueron electas ni las personas indígenas, ni quienes viven con alguna discapacidad, ni las y los jaliscienses en el extranjero lograron acceder a estos espacios y hoy siguen sin tener representación alguna en el Congreso, no obstante, su relevancia demográfica, política y social.
Ante este contexto, el IEPC Jalisco establece como medida para el próximo proceso electoral que cada partido político deberá postular en los primeros 8 lugares de su lista de RP a una persona que pertenezca a cada uno de los siguientes grupos:
En caso de no incluir personas de alguno(s) de los grupos en las listas de RP, el partido político deberá postular a las personas de dicho(s) grupo(s) para diputaciones por MR, en cualquiera de sus 5 distritos más competitivos
V. Reglas de inclusión para munícipes
a) En municipios mayoritariamente indígenas:
Como acción afirmativa, se determinó añadir a Chimaltitán a los cinco municipios que habían sido considerados mayoritariamente indígenas en la entidad (con más del 50% de la población) en la pasada elección de acuerdo con el Censo de Población de INEGI. Ahora, se considerarán seis municipios mayoritariamente indígenas en Jalisco para los comicios locales siendo Mezquitic, Cuautitlán de García Barragán, Tuxpan, Bolaños, Zapotitlán de Vadillo y Chimaltitán.
b) En municipios con población indígena en AMG
Otra medida afirmativa que se aprobó para el proceso electoral 2026-2027, es que los partidos políticos y coaliciones deberán postular al menos una fórmula de personas indígenas en los municipios con al menos 5% de la población que se autoadscribe como indígena, en el Área Metropolitana de Guadalajara, siendo estos Acatlán de Juárez (10.27%), Ixtlahuacán de los Membrillos (8.35%), Zapopan (8.34%), Tlajomulco de Zúñiga (7.23%), El Salto (6.95%) y San Pedro Tlaquepaque (5.57%).
c) En municipios del interior de Jalisco
Como medida afirmativa se aprobó que, en los municipios que tengan entre 20% y 50% de población que se auto adscribe como indígena, se deberá postular al menos una fórmula de personas indígenas. Los municipios con dicho porcentaje son Atemajac de Brizuela (26.53%), Ayutla (27.27%), Huejuquilla el Alto (28.86%), Jocotepec (22.44%), Poncitlán (24.49%), Villa Purificación (28.97%) y Zapotlán del Rey (21.95%).
Interseccionalidad