Si eres candidata y estás padeciendo acciones que limitan tu participación en el ámbito público solo por ser mujer, acude con nosotros para brindarte asesoría y apoyo para denunciar. ¡No estás sola!

La denuncia es la principal arma para erradicar la #ViolenciaPolíticaContraLasMujeres. Toma nota de las siguientes conductas y si detectas que estás siendo víctima de alguna, acude con nosotros para darte toda la asesoría que necesitas.

¿Qué es Violencia Política?

Es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres.

El acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.

Se entenderá que las acciones u omisiones se basan en elementos de género, cuando:

  • Se dirijan a una mujer por su condición de mujer;
  • Le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella.

Puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia reconocidos en las leyes de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia:

  • Violencia psicológica
  • Violencia física
  • Violencia patrimonial
  • Violencia económica
  • Violencia sexual

Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.

La VPMG puede ser perpetrada indistintamente por:

  • Agentes estatales,
  • Superiores jerárquicos,
  • Colegas de trabajo,
  • Personas dirigentes de partidos políticos,
  • Militantes,
  • Simpatizantes,
  • Precandidatas, precandidatos,
  • Candidatas o candidatos,
  • Representantes de partidos políticos,
  • Medios de comunicación y sus integrantes,
  • Por un particular o por un grupo de personas particulares.

Conductas violentas. Infracciones electorales LGIPE y CEEJ

a) Obstaculizar a las mujeres, los derechos de asociación o afiliación política;

b) Ocultar información a las mujeres, con el objetivo de impedir la toma de decisiones y el desarrollo de sus funciones y actividades;

c) Ocultar la convocatoria para el registro de precandidaturas o candidaturas, o información relacionada con ésta, con la finalidad de impedir la participación de las mujeres;

d) Proporcionar a las mujeres que aspiran a ocupar un cargo de elección popular, información falsa, incompleta o imprecisa, para impedir su registro;

e) Obstaculizar la precampaña o campaña política de las mujeres, impidiendo que la competencia electoral se desarrolle en condiciones de igualdad, y

f) Cualesquiera otra acción que lesione o dañe la dignidad, integridad o libertad de las mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos y electorales.

Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género
Formatos 3 de 3 contra la violencia en el registro de candidaturas